Los derechos de los menores y el Estado

Autor: Álvaro López Rojas
17 marzo de 2020 - 12:04 AM

La creación del ICBF en la época del presiente Lleras Restrepo, tenía el propósito de proteger a la niñez, a la madre, a la familia y en cierta forma a la mujer, de abusos y abandonos.

Medellín

La ley penal es clara en el sentido de la tipificación del delito de acceso carnal en menores de catorce años, y no parece contemplar circunstancias de atenuación o exculpación. Lo cierto es que debe haber más de trastorno de la personalidad que conduce a la maldad, que conciencia de sus actos en quien incurre en pederastia pues un niño solo puede producir sentimientos de protección y amor. Nadie que haga daño a un menor puede alegar en su favor excusa alguna. En efecto el sexo con menores puede revelar una conducta antisocial de peligrosidades alarmantes, que el Estado en ejercicio de sus funciones tiene que reprimir.

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La creación del ICBF en la época del presiente Lleras Restrepo, tenía el propósito de proteger a la niñez, a la madre, a la familia y en cierta forma a la mujer, de abusos y abandonos. Aparentemente hace labores de asistencia este Instituto, pero no hay que negar la enorme desprotección de los derechos de infantes y adolescentes en este país. Para hacer lo que desde allí se hace, no se necesita tan descomunal aparato y tan ingente presupuesto. La asistencia temprana, la formación de los niños desde la cuna en valores y respeto por su propia persona es responsabilidad del Estado.

Personajes de la vida pública que han tenido que ser demandados por alimentos debidos a sus propios hijos, salen a pedir sanciones inquisoriales para los violadores de menores. Hay mucha hipocresía en este sentido pues, quien dijo que la prostitución temprana o tiene orígenes en el hambre de un niño, hombre o mujer, abandonado; quien tasa la maldad debe estar libre de toda culpa. La trata de menores para la explotación sexual es un secreto a voces, favorecido por la misma clandestinidad del fenómeno y el poder de quienes a ello se dedican, pero sin una efectiva intervención de las autoridades competentes.

Los escándalos sexuales de la Iglesia han derivado en un fenómeno social alarmante, con connotaciones económicas de cierta importancia; lastimosamente no se han tratado como debe ser desde los organismos de protección, investigación judicial y de juzgamiento. Hay un factor importante que no se ha tenido en cuenta para elaborar un protocolo de verdadera protección a los menores, que es la familia. Un menor, hombre o mujer, es responsabilidad de sus mayores quienes están obligados a cuidarlo y protegerlo. No se entiende que un menor haga trabajos o ayude en los templos a merced de terceros.

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Abundan los casos en los que los padres, abuelos, tíos o hermanos abusan de un menor, hombre o mujer, con el conocimiento y consentimiento de la misma madre. No hay controles, por ejemplo, del embarazo de menores ni de la vida sexual de niños y adolescentes. Los niños en Colombia son abusados, explotados y esclavizados por los mayores sin que el Estado intervenga. Hay que prohibir la presencia de menores trabajando o ayudando en templos, hay que perseguir la prostitución infantil, hay que erradicar la explotación laboral y la mendicidad de menores. Nuestros niños tienen que ser el centro de atención del Estado. 

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