Suspensión de Aníbal Gaviria viola tratados internacionales

Autor: Nacho
16 junio de 2020 - 04:37 PM

La Fiscalía al separar de su cargo al Gobernador de Antioquia, elegido popularmente, está violando claras disposiciones prohibidas por el Pacto de San José de Costa Rica, suscrito por Colombia, y que está por encima hasta de la propia Constitución Nacional.

Medellín

Mediante un derecho de petición dirigido al Fiscal y al Procurador  General de la Nación, y al Contralor General de la República, se exhortó a estos tres altos funcionarios de esos organismos de control a respetar los tratados internacionales suscritos por Colombia, que prohíben que servidores públicos de elección popular sean suspendidos de sus cargos por funcionarios de estas tres entidades, que emiten decisiones  del orden administrativo, y no judiciales, y con un claro origen y sesgo político.

La muy enfática, pero respetuosa petición a esos tres funcionarios, está contenida en una comunicación escrita y firmada por el abogado antioqueño y conocido defensor de servidores públicos, sobre todo los alcaldes y alcaldesas del país, José Ricardo Mejía Jaramillo, quien la antecedió con la contundente frase de Don Quijote “Al que has de tratar mal con obras, no trates mal con palabras”. 

El derecho de petición (Art. 23. de la C.P.C.) está fechado en este mes de junio del 2020 y fue elevado por este profesional del Derecho a Francisco Barbosa Delgado en su calidad de Fiscal General de la Nación, a Fernando Carrillo Flórez como Procurador General de la Nación y a Carlos Felipe Córdoba Larrarte en su condición de Contralor General de la República.

Además envió copias del escrito  al presidente de la República, Iván Duque Márquez; al presidente de la Corte Constitucional, Alberto Rojas Ríos; al presidente de la Corte Suprema de Justicia, Jorge Luis Quiroz Alemán; al presidente del Consejo de Estado, Álvaro Namén Vargas; al director de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, Camilo Gómez Álzate; al director ejecutivo de la Federación Colombiana de Municipios, FCM, Gilberto Toro Giraldo, a su presidente, Gian Carlo Gerometta Burbano, a su vicepresidente Carlos Alberto Román Ochoa, como también a los alcaldes y alcaldesas de Colombia y a los medios de comunicación.

 

Argumento central

La tesis central del derecho de petición se argumenta en que el artículo 23 del Pacto de San José de Costa Rica, suscrito por Colombia, hace parte integral de la Constitución, conforme al llamado Bloque de Constitucionalidad consagrado en su artículo 93, que establece que los tratados internacionales prevalecen sobre el ordenamiento interno colombiano, incluso por encima de la Carta Política del 91.

En consecuencia, afirmó el abogado Mejía Jaramillo, “ninguno de ustedes, ni sus delegados, están facultados para separar de sus cargos a ningún alcalde o alcaldesa del país, sin poner en grave riesgo los recursos públicos, ante inminentes demandas de parte de estos servidores públicos separados arbitrariamente de sus cargos. Estos servidores, y ustedes bien lo saben, sólo pueden ser separados de sus cargos por decisiones adoptadas por jueces penales, esto es, decisiones judiciales. No por determinaciones de orden administrativo”.

Este planteamiento adquiere notoriedad y actualidad porque cobija el caso del gobernador de Antioquia, Aníbal Gaviria Correa, servidor público elegido por votación, y separado del cargo por el fiscal delegado ante la Corte Suprema de Justicia, Jorge Hernán Díaz Soto, lo que es una clara violación de ese tratado internacional.

El abogado y defensor de servidores públicos José Ricardo Mejía Jaramillo

El abogado y defensor de servidores públicos José Ricardo Mejía Jaramillo

 

Los alcances

Mejía Jaramillo explicó a ELMUNDO.COM que el citado artículo 23 del Pacto de San José de Costa Rica no sólo cubre o incluye a los alcaldes y gobernadores en Colombia que tienen un origen popular, sino también a servidores públicos igualmente elegidos democráticamente en las urnas como son los senadores, los representantes a la Cámara, los diputados, los concejales y hasta los ediles de las JAL.

Lea: El puente que le dio “La Libertad” vial a El Bagre.

El espíritu de ese tratado, recalcó el abogado, busca precisamente en el caso de Aníbal Gaviria, que funcionarios como el Fiscal, que tiene un antecedente político muy claro  en su elección, no caiga en excesos o persecuciones en contra de servidores públicos que fueron elegidos por el pueblo y por militar en un partido o tendencia ideológica distinta.

También ilustró que con la pasada Constitución de 1886, bajo un Estado de Derecho, existía una relación vertical entre el servidor público y el ciudadano, pero con la Carta del 91, en la que rige un Estado Social de Derecho, esto cambió radicalmente y ahora esa relación es horizontal, mano a mano, pero respetuosa.

 

El debido proceso

La pretensión de este abogado busca con el derecho de petición además de exponer algunos razonamientos, ayudar a los titulares de los citados organismos de control a ajustar sus conductas a la Constitución y a la Ley, “como juraron hacerlo al momento de sus respectivas posesiones”.

Recordó y enfatizó en su comunicación que el ordenamiento jurídico colombiano, en general, se edifica sobre la base del respeto a la dignidad humana. Pero en materia de investigaciones legales, también sobre el respeto al debido proceso y la presunción de inocencia.

“Salir en los medios de comunicación abierta, además en las redes sociales, a ordenar aperturas de investigación o sanciones a servidores públicos, antes de estos haber sido escuchados y vencidos en dichas investigaciones, sin utilizar las palabras presuntamente, probablemente o similares, es incurrir en conductas violatorias de la Constitución Política”.

Agregó que lo anterior lo saben de sobra la Fiscalía, la Procuraduría y la Contraloría, que tampoco deben ignoran que ese proceder los obliga a declararse impedidos para adelantar esos procesos.

 

Interrogante

Y se pregunta ¿Qué objetividad e imparcialidad podría esperar un investigado después de ser sometido al escarnio público por estas tres entidades de control?

Además recalcó sobre las ya muy conocidas, escandalosas, preocupantes y mencionadas fallas de  la Fiscalía General de la Nación y reiteró que actualmente adeuda dos billones y medio de pesos a víctimas de errores judiciales, así como las demandas en curso contra esa misma entidad por más de 40 billones de pesos.

Esto, llamó la atención, debería invitar a la serenidad, a la seriedad, el rigor y la templanza del Fiscal, del Procurador y del Contralor y sobre todo de sus delegados en el ejercicio de sus funciones en el inmediato futuro.

Mejía Jaramillo también consignó que “los alcaldes y alcaldesas del país fueron elegidos por sus conciudadanos más cercanos. Es un reconocimiento que estos le hacen a uno de los suyos, escogiéndolo como sus mandatarios municipales. Esta dignidad merece el mayor respeto de todos los colombianos y ustedes deben dar ejemplo de ese respeto y no mancillarlo”, lo que también se extiende a los gobernadores y a los corporados elegidos por el voto ciudadano.

 

El respeto

“El respeto por las dignidades es un pilar fundamental de cualquier organización social. ¡Qué tal que no! Y así como el presidente, el gobernador y el ministro merecen ser tratados siempre con respeto, así mismo los alcaldes y alcaldesas del país merecen un trato igual o mejor”, dijo el abogado.

También recalcó que en Colombia se olvida, muy de repente, que los alcaldes y los gobernadores son la cara más próxima e inmediata del Estado en los territorios, en municipios lejanos y olvidados, donde la gente lo sabe, se cuecen todo tipo de problemáticas: hambre, analfabetismo, desnutrición infantil, abuso de menores, carencia de servicios públicos domiciliarios, violencia intrafamiliar y la violencia propia de los grupos al margen de la ley.

En todos esos territorios hay mandatarios municipales y seccionales poniendo la cara en representación del Estado colombiano.

Por eso reiteró en su solicitud al Fiscal, al Procurador y al Contralor, reconociendo lo difícil de sus responsabilidades, ajustar sus procesos de comunicación a los principios fundamentales de la Constitución Política.

“Me refiero a esa Constitución de la que usted, doctor Fernando Carrillo Flórez, fue protagonista.  Pero a los tres también les pido, con todo comedimiento, que se sirvan respetar la dignidad de los alcaldes y alcaldesas de Colombia, así como preservar ese pequeño fuero que consagra para ellos el artículo 23 del tratado de San José de Costa Rica, en armonía con el artículo 93 de nuestra adorada Constitución Política de 1991”.

La comunicación fue enviada un día antes de la muy polémica y cuestionada decisión de la Fiscalía contra Aníbal Gaviria, pero que según el abogado lo cobija por completo.

Además fue categórico en decir que con su derecho de petición no pretende que esas tres entidades no cumplan sus tareas, sino que lo hagan ajustadas al ordenamiento legal, constitucional e internacional.

 

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Comentarios:

Javier Dairo
Javier Dairo
2020-06-17 11:44:39
Con el mayor respeto por el Abogado MEJIA JARAMILLO..., nada de preocupantes LAS FALLAS del SeudoFiscalDeBolsilloBABOSA, aunque si MUY REPETIDAS, y No. son tan Escandadlosas, como SI ARBITRARIAS!!!; y para el Comentario de Duverney, tambien con respeto te recomiendo Volver a Leer LA COLUMNA, puesto qué lo que el señor ABOGADO DEMUESTRAS es, que No. los PUEDEN APARTAR DE SUS CARGOS, (Leáse, Presidente, Gobernador, Alcalde, Congresista, Diputado, Concejal, y hasta miembros de las JALES), mas claro no canta un Gallo, cierto mis amigues y compañeros de este DEMOCRÁTICO FORO ?
José Mauricio
José Mauricio
2020-06-17 07:30:12
Buenos días. Que gran excepción entre los abogados. Lenguaje adecuado conocimiento claro y lo mejor libre de apasionamientos. Así debe ser un abogado para luego convertirse en jurista.
Duverney
Duverney
2020-06-16 17:40:58
Apartar al gobernador del cargo, es lo más sano para que la investigación no sea interrumpida o desviada, si es inocente excelente si es culpable excelente, pues quiere decir que la justicia opera, lo que me preocupa es el fiscal que está a cargo del ente a nivel nacional, para mí no hay garantías

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